Subvención para gastos generales de las Asociaciones sin ánimo de lucro
Se concede una subvención para gastos generales a las asociaciones inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas que la soliciten y hayan presentado la solicitud de continuidad de vigencia y justificado las subvenciones concedidas en años anteriores.
Regulación
Art. 36 y 47 a 50 del Reglamento de Participación Ciudadana
Lugar de presentación
Telemática (requiere certificado digital)
Beneficiarios
Asociaciones sin ánimo de lucro
Objeto de la ayuda
Subvencionar gastos generales de las asociaciones sin ánimo de lucro.
Requisitos ayuda
- - Estar inscritos en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Santander
- - Haber presentado la solicitud de continuidad de vigencia debidamente cumplimentado entre el 1 de enero y el último día de febrero.
- - Haber justificado las subvenciones obtenidas en años anteriores.
- - Solicitar la subvención en el plazo previsto
Plazo de Presentación
Un mes desde el día siguiente a su publicación en el BOC