Convocatoria de Ayudas para la Promoción del Empleo, Emprendimiento y Desarrollo Empresarial en el municipio de Santander para el año 2.017
Emprendedores y empresas
Presentación de solicitudes según modelo oficial junto con la documentación y Anexos correspondientes en:
- Registro del Ayuntamiento de Santander
- Registro Auxiliar del Centro de Iniciativas Empresariales “Mercado de México” de la C/ Alta, nº 133
- Registro Telemático a través de la web municipal ( https://sede.santander.es/tramites/programas-ayuda-empresas-emprendedores ) o
- la forma en que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/1915 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas destinadas a fomentar el emprendimiento y el desarrollo empresarial en el municipio de Santander a través de tres programas:
PROGRAMA I EMPRENDEDORES: Ayudas para la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, dotado con una partida presupuestaria de 66.000 € . Se subvenionaran los gastos de inversión y puesta en marcha de la empresa del art. 12.2 Concocatoria, con un máximo de 3.000 €.
PROGRAMA II EMPRESAS: Ayudas para la visibilización, comercialización e internacionalización de micro pymes, dotado con una partida presupuestaria de 66.000€. Se subvencionaran la implantación de soluciones que mejoren los procesos de visibilización, comercialización e internacionalización de las micropymes del municipio, mediante la contratación de servicios técnicos expertos ajenos a la empresa del art 18.2 Convocatoria, en una cuantía del 75% de los costes y con un máximo de 3.000 €.
PROGRAMA III EMPRESAS DE BASE TECNOLOGICA: Ayudas para la implantación de empresas de base tecnológica, dotado con una partida presupuestaria de 30.000 €. Se subvencionaran los gastos de inversión y puesta en marcha de la empresa del art. 24.2 Convocatoria , con un maxímo de 3.000 €.
Los beneficiarios podrán ser quienes cumplan los requisitos que marcan las Bases Reguladoras y la Convocatoria y principalmente:
Programa I: las personas físicas y jurídicas
- Que hayan iniciado una nueva actividad empresarial, comercial o profesional en el municipio de Santander entre el 1 de Agosto de 2016 y la fecha de presentación de la solicitud.
- Que hayan realizado y pagado a fecha de presentación de la solicitud gastos de los conceptos del art. 12.2 por importe igual o superior a 1.000 € , impuestos excluidos
- Contar con local afecto a la actividad o, en su caso, domicilio social y/o fiscal en el municipio de Santander.
- Contar, en los supuestos que la normativa municipal así lo requiera con la correspondiente licencia de apertura de establecimiento y ejercicio de actividades
- No contar con una plantilla superior a 10 trabajadores
Programa II: las personas físicas y jurídicas
- Que hayan iniciado la actividad empresarial, comercial o profesional en el municipio de Santander con anterioridad al 1 de Agosto de 2016
- Que hayan realizado y pagado entre el 1 de Agosto de 2016 y la fecha de presentación de la solicitud los gastos de los conceptos del art. 18.2 por importe igual o superior a 300 € , impuestos excluidos
- Contar con local afecto a la actividad o, en su caso, domicilio social y/o fiscal en el municipio de Santander.
- Contar, en los supuestos que la normativa municipal así lo requiera con la correspondiente licencia de apertura de establecimiento y ejercicio de actividades
- No contar con una plantilla superior a 10 trabajadores
Programa III: las personas físicas y jurídicas
- Que hayan iniciado una nueva actividad empresarial, en el municipio de Santander entre el 1 de Agosto de 2016 y la fecha de presentación de la solicitud.
- Que desarrollen actividades basadas en modelos de negocio y gestión de alto contenido tecnológico, independientemente del sector al que estén destinados los productos o servicios finales.
- Que hayan realizado y pagado a fecha de presentación de la solicitud gastos de los conceptos del art. 24.2, impuestos excluidos.
- Contar con local afecto a la actividad o en su caso, domicilio social y/o fiscal en el municipio de Santander.
- Contar, en los supuestos que la normativa municipal así lo requiera con la correspondiente licencia de apertura de establecimiento y ejercicio de actividades
Veinte días naturales
27 de Junio de 2.017
7 Jun 2017
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