Ayuntamiento de Santander


Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Santander y la Asociación de la Cabalgata de Reyes de Santander. 2022

El presente convenio tiene como objeto establecer las condiciones en las que el Ayuntamiento de Santander concede una subvención nominativa a la Asociación para la Organización de la Cabalgata de Reyes de Santander, con la finalidad de articular la colaboración en una actividad de interés mutuo, al objeto de mantener y promover la tradicional Cabalgata de Reyes.

Primero. - La conveniencia de establecer una colaboración mutua entre ambas partes, dado que comparten los objetivos comunes de mantener y promover la tradicional Cabalgata de Reyes, principal manifestación de dinamización de las fiestas navideñas.  

Segundo. - La Asociación para la Organización de la Cabalgata de Reyes de Santander, es una Asociación sin ánimo de lucro cuyo fin único, a tenor del artículo 3 de sus Estatutos, es la organización, promoción y difusión de la Cabalgata de Reyes de la ciudad de Santander.

El propio Ayuntamiento de Santander es socio institucional de esta entidad, siendo miembro nato de la Asociación y de la Junta Directiva (Artículo 23.1 de los Estatutos), estando representado por el/la Concejal/a Delegado/a del área de Dinamización Social.

La citada Asociación viene realizando una labor comprometida con la programación municipal de la época navideña, contribuyendo al realce de estas fiestas, que culmina con la Cabalgata de Reyes. Además de organizar este evento, realiza otras actividades dirigidas principalmente al público infantil, como es, el concurso de pintura en el Palacio de Exposiciones y una Gala en el Palacio de Festivales, a la que asiste el Cartero Real, para recoger las cartas de los más pequeños y hacerlas llegar a sus Majestades, los Reyes Magos.

Tercero. - Sobre la base de lo anteriormente expuesto, así como por razones de interés público, social y económico, el Ayuntamiento de Santander está interesado en apoyar esta labor desarrollada por la Asociación para la Organización de la Cabalgata de Reyes de Santander, cuyos servicios y actividades complementan las realizadas en este ámbito por esta Administración Local.

Detalle de la ayuda

El Ayuntamiento de Santander, como organizador de la Cabalgata, asume las siguientes obligaciones: 

  1.     Aportación económica: El Ayuntamiento de Santander, en desarrollo del presente Convenio, concederá una subvención nominativa a la Asociación para la Organización de la Cabalgata de Reyes de Santander, por importe de VEINTIDOS MIL EUROS (22.000 €), con destino a la financiación del proyecto anteriormente mencionado.

 

La subvención se abonará, previa justificación de la ejecución del proyecto objeto del convenio, en los términos previstos en las cláusulas VI y VII.                              

El importe subvencionado en cada una de sus prorrogas se distribuirá de la forma siguiente:

El 50% de la subvención se abonará, previa solicitud por parte de la Asociación, mediante un pago anticipado en los días posteriores a la realización de la cabalga de reyes, dado el carácter de Asociación sin ánimo de lucro, de la Asociación para la Organización de la Cabalgata de Reyes de Santander, se exime de la prestación de garantía.

El 50% restante de la subvención se abonará, previa justificación, en un periodo máximo de tres meses desde la finalización del proyecto objeto del presente convenio o de cada una de sus prórrogas, presentándose una memoria descriptiva de la actividad realizada y la aportación de los correspondientes justificantes de gasto.

En todo caso, los pagos quedarán sometidos a la facultad del Ayuntamiento en lo referente a la revocación y consiguiente reintegro, en caso de incumplimiento total o parcial de lo establecido en este convenio y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar.

Dado que este convenio recoge la actividad de la cabalgata de Reyes y que dicha actividad se desarrolla “a caballo” entre  dos años, porque se celebra en los primeros días de enero del año, puede haber gastos de preparación de la misma que se pudieran efectuar durante el mes de diciembre del año anterior, a el único efecto de poder justificar la subvención que recoge este convenio, se podrán admitir en esta justificación las facturas fechadas desde el 1 de diciembre del año anterior a la firma del convenio hasta el 31 de diciembre del año de vigencia del convenio.

El contenido de este convenio y en especial a lo referente al importe de la subvención para cada una de las posible prorrogas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuesto del Ayuntamiento de Santander para el ejercicio correspondiente y al cumplimiento, por parte de la entidad beneficiaria, de los requisitos recogidos en los artículos 13 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones y sus modificaciones y el artículo 10 de la Ley de Cantabria 10/2006 de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Importe

22000.00

Plazo de Presentación

1 diciembre 2021.

Finalización del plazo

31 diciembre 2022.